REGLAMENTO DE
RÉGIMEN INTERNO
CLUB DEPORTIVO BERENGUER DALMAU
TÍTULO I.-
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- OBJETO
El presente Reglamento tiene por
objeto regular la organización y el funcionamiento de todos los equipos del
Club Deportivo Berenguer Dalmau.
Artículo 2º.- ÁMBITO DE
APLICACIÓN
El presente Reglamento será de
aplicación en los siguientes ámbitos:
a)
Personal:
2.1.- Los
deportistas inscritos en el Club desde la formalización de inscripción hasta su
baja.
2.2.- A todo
el personal técnico del Club.
2.3.- A todos
los socios y/o padres/madres de los jugadores.
b)
Espacial:
2.5.- En
cualquier instalación propia o ajena en los que se realicen las actividades
deportivas del Club
TÍTULO II.-
COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA
CAPÍTULO PRIMERO.- ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 3º
El Club, de conformidad con lo
establecido en los Estatutos, contará con los siguientes Órganos de Gobierno:
a)
Asamblea General
b)
Junta Directiva
c)
Comisiones que se puedan crear
d)
Unipersonales: Presidente, Vicepresidente, Secretario,
Tesorero, Vocales (responsables de área,...) y
Director Deportivo.
CAPÍTULO SEGUNDO.- ENTRENADORES
Artículo 4º
Los entrenadores tienen como
función orientar a sus jugadores a la realización de los fines establecidos por
el Club, así como mejorar las capacidades técnicas de sus respectivos equipos.
Artículo 5º
Los entrenadores tienen derecho:
a)
A ejercer sus funciones en los equipos de trabajo a los
que sean asignados
b)
A ser informados por quien corresponda de los asuntos
que atañen al Club en general y a ellos en particular
c)
A ser tratados con corrección por el resto de
integrantes del Club.
d)
A utilizar los medios materiales e instalaciones.
e)
A presentar peticiones, sugerencias y quejas de orden
deportivo a la Junta
Directiva.
Los entrenadores deberán:
a)
Elaborar la
planificación anual del equipo en tiempo y forma, y a elaborar al final de la
temporada un informe de la misma.
b)
Atender a las consultas de los deportistas,
padres/madres de los alumnos y Junta Directiva.
c)
Llevar un diario de entrenamientos, en el que consten
tanto aspectos técnicos como de asistencia y comportamiento de los jugadores.
d)
Aplicar, en la medida de sus competencias, el Régimen
Disciplinario del Club.
e)
Respetar y cumplir los acuerdos de la Junta Directiva.
CAPÍTULO TERCERO.- JUGADORES
Artículo 6º
Los jugadores tienen derecho a:
a)
Tener las mismas oportunidades de acceso a todos los
equipos del Club. No hará más limitaciones que las derivadas de su
aprovechamiento y sus aptitudes para el juego.
b)
A un entrenador, a unas instalaciones, al material
deportivo, al equipamiento deportivo, a un horario de entrenamiento y a la
participación en competiciones oficiales, tanto de la Generalitat Valenciana
como de la Federación
de Baloncesto de la
Comunidad Valenciana.
Los jugadores deberán:
a)
Asistir a los entrenamientos previamente establecidos,
esforzándose y obligándose a
aprender y mejorar en todos los aspectos, pudiendo así ser solicitados por
otros equipos del Club.
b)
Asistir a los entrenamientos con puntualidad y adecuada
equipación.
c)
Asistir a todos los partidos a los que sean convocados,
ya sea con su equipo o con los restantes del Club.
d)
Justificar las ausencias a entrenamientos o partidos.
e)
Cuidar el material deportivo del Club y las
instalaciones deportivas, devolviéndole equipaje en perfectas condiciones al
finalizar la temporada.
f)
Comportarse con corrección y respeto en los
entrenamientos tanto con sus compañeros, entrenadores, directivos o delegados.
g)
Así mismo, con los componentes de los equipos rivales,
y sobre todo con los árbitros
h)
Mantener el espacio deportivo límpio y ordenado.
i)
Colocar y guardar los elementos necesarios para el
desarrollo del juego (balones, banquillos, redes,...
j)
Abonar en tiempo y forma las cuotas que la Junta
Directiva.establezca para cada categoría y temporada
CAPÍTULO IV.-LOS PADRES Y
MADRES DE LOS JUGADORES.
El Club Deportivo Berenguer
Dalmau es consciente que la participación e implicación de los padres y madres
de los jugadores, sobre todo en las categorías de formación es fundamental para
consecución de nuestros objetivos. Esta participación la podemos resumir en la
aceptación por parte de ellos que la mera inscripción de su hijo o hija en el
Club supone el conocimiento y aceptación del presente Reglamento y demás
normativas, y hacer que sus hijos las respeten.
Para ello deberán:
a)
Respetar el trabajo y las decisiones de los
entrenadores.
b)
Colaborar con sus hijos en la puntualidad, asiduidad y
equipamiento adecuado.
c)
No entrar o evitar al máximo entrar en loe vestuarios o
en la pista, salvo caso de fuerza mayor, tanto antes como durante o después de
los entrenamientos y partidos.
d)
En los entrenamientos y partidos, incluso en los
descansos, se abstendrán en todo momento de aconsejar o recomendar, tanto a los
jugadores como a los entrenadores, acciones que sean competencia exclusiva del
entrenador.
e)
Evitar delante de sus hijos cualquier crítica sobre el
entrenador u otros jugadores y sobre la Junta Directiva.
Existen cauces adecuados para ello.
f)
Mantener durante los partidos una actitud correcta
hacia todos los participantes, sean propios o del equipo contrario, así como
ante los árbitros.
TÍTULO III.- RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 7º.- DEFINICIÓN
La presente normativa será de
aplicación a todos los jugadores, técnicos y miembros del Club (delegados,
padres y madres, Junta Directiva,...)
Artículo 8º.- INFRACCIONES
Las infracciones se clasifican
en:
a)
leves
b)
graves
c)
muy graves
Son faltas leves:
a)
Las faltas injustificadas de puntualidad
b)
Las faltas injustificadas no reiteradas de asistencia a
entrenamientos y partidos.
c)
La actitud pasiva en entrenamientos y partidos.
d)
La falta de respeto a sus compañeros o entrenador que
lleven a cabo en entrenamientos, partidos y desplazamientos.
e)
La falta de respeto a jugadores y técnicos de los
equipos contrarios, así como a los árbitros.
f) Los actos de indisciplina,
injuria u ofensa no graves.
g)
La negativa injustificada a asistir a los
entrenamientos y partidos de los otros equipos del Club.
Son faltas graves:
a)
Las contempladas en el apartado de faltas leves a) ,
b), d), e), y f), pero con reiteración o gravedad.
b)
La agresión física grave a miembros del Club o de otros
clubes, así como a los árbitros, espectadores, etc.
c)
La reiterada y sistemática comisión de faltas leves
durante una misma temporada.
Son faltas muy graves:
a)
Los actos de indisciplina, injuria, ofensa muy graves
hacia los miembros del Club u otros en
deterioro de la imagen del Club, así como manifestaciones públicas de opinión u
críticas fuera de tono u ofensivas en medios de comunicación, web, foro,...
b)
La agresión física muy grave a miembros del Club o de
otros clubes, así como a los árbitros, espectadores,..
c)
La comisión de tres faltas graves durante una misma
temporada.
Artículo 9º.- SANCIONES
A las faltas enumeradas se
impondrán las siguientes sanciones:
Faltas leves:
a)
Amonestación privada
b)
Amonestación escrita, en su caso, con comunicación a
los padres.
c) Suspensión de la práctica del baloncesto por un tiempo
no superior a ocho días, tanto de entrenamientos como de partidos en cualquier
equipo del Club.
Faltas graves:
a)
Apercibimiento escrito previa comunicación en su caso
a los padres.
b) Suspensión de la
práctica del baloncesto entre 2 y 5 partidos, incluyendo la sanción los dias tanto de entrenamientos como de partidos en cualquier
equipo del Club .
Faltas muy graves: serán
estudiadas por la
Junta Directiva , pudiendo ser suspendido por el resto de la
temporada e incluso a su expulsión del Club.
Artículo 10º.- COMPETENCIA PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES
Para las sanciones consideradas
leves, será el propio entrenador o en su caso por el Presidente.
En el caso de graves o muy
graves, será la Junta
Directiva la que tratará el caso, oídos el jugador,
entrenador o persona que denuncie la infracción.
Desde la Dirección del Club
estimamos y deseamos que las sanciones sean las menos posibles, y que éstas
tengan un carácter excepcional.
Artículo 11º.- DISPOSICIONES FINALES
Este Reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su
aprobación en la Asamblea General.
Las modificaciones a este Reglamento se aprobarán, a propuesta de la Junta
Directiva, en la Asamblea General.